Cursos disponibles
El sector ganadero constituido por los rumiantes agrupa a explotaciones y productores de bovino, ovino y caprino, de aptitud lechera y cárnica. El sector vacuno representa el 5,8% de la Producción Final Agraria de España y ocupa el quinto puesto europeo en importancia productiva. Andalucía representa el 9% del censo nacional, con un total de 508.996 unidades. Por otro lado, el sector ovino y caprino suponen el 1,9% de la Producción Final Agraria de España.
Andalucía posee el 12% del censo ovino nacional (más de 2 millones de cabezas), y casi el 50% del caprino (más de 1 millón de cabezas), siendo la región europea de mayor censo caprino, basado en razas autóctonas.
El Decreto Andaluz 80/2011, ha regulado la formación de bienestar animal a las personas que se ocupan de la tenencia y explotación de animales de producción, de su transporte y sacrificio, a través de cursos de 20 horas de duración, y de manera singular para “personas titulares y personas que trabajen en explotaciones ganaderas de rumiantes”
Descripción
Las aves de corral son todas las aves que producen carne o huevos para consumo humano.
El sector avícola es un subsector ganadero de gran importancia en nuestro país y que fruto de la evolución, tanto de la normativa como de la sociedad, ha ido cambiando y diversificando su actividad en los últimos años de modo notable.
Esto ha dado lugar al desarrollo de diferentes sistemas productivos, tanto en la actividad de producción de carne como en la de puesta, lo que, unido a la cría de diferentes especies con características distintas, hacen que el sector avícola en su conjunto sea un sector muy diverso y con múltiples especificidades.
Este sector, principalmente en la producción de carne de ave, se caracteriza por encontrarse en su mayor parte dentro de un sistema de integración vertical, que suele ser un modelo de integración completo y, por lo tanto, asume todo el proceso, desde la producción de piensos hasta el sacrificio de los animales y transformación de la carne, lo que le confiere unas concretas particularidades y un reparto de responsabilidades entre las distintas partes implicadas en la producción ganadera.
Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.
.Artículo 4. Responsabilidades en materia de formación, bioseguridad, higiene, sanidad y bienestar animal.
- El responsable de la aplicación de las medidas y requisitos en materia de formación, higiene, bioseguridad, bienestar y sanidad animal del presente real decreto, y de las obligaciones contenidas en los artículos 10 y 24 del Reglamento (UE) n. º 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, es el titular de la explotación o el titular de los animales, conforme a lo que establece el artículo 16 de la Ley 8/2003, de 24 de abril.
- Quien tenga la condición de titular de la explotación designará una persona que ejerza de veterinario de explotación, que tendrá las funciones y obligaciones recogidas en el artículo 4 del Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al Plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, y por el que se modifican varias normas de ordenación ganaderas, y será el encargado de asesorar e informar al titular de la explotación sobre las obligaciones y requisitos del presente real decreto en materia de bioseguridad, higiene, sanidad y bienestar animal y uso responsable de antimicrobianos.
- El titular de la explotación de que todas las personas que trabajan con aves de corral en la explotación tengan una formación adecuada y suficiente, de acuerdo con los siguientes requisitos mínimos:
a) Mediante la acreditación de su formación con un mínimo de duración de 20 horas sobre las materias y el contenido que figuran en el anexo IV, en un plazo máximo de 6 meses contados desde la fecha de inicio de su trabajo en la explotación, sin perjuicio de lo que establece la normativa específica en materia de bienestar animal y tratamientos biocidas. Las autoridades competentes de territorios insulares podrán autorizar ampliar el plazo para disponer de la formación a un máximo de un año.
Descripción
El Curso de Bienestar Animal en el Transporte está diseñado para capacitar a los profesionales en el cuidado y manejo adecuado de los animales durante su transporte para garantizar su bienestar.
El bienestar y la protección de los animales es de interés tanto para los sectores productivos como para el conjunto de los ciudadanos para los que constituye una preocupación ética, además de ser un elemento cada vez más ligado a la calidad y seguridad de los alimentos. La Unión Europea reconoció que los animales son seres sensibles en el Protocolo anexo al Tratado CE sobre la protección y el bienestar de los animales, en vigor desde 1999.
El transporte de los animales es un proceso crítico y fundamental que requiere de una atención especial para garantizar su bienestar máximo. Por eso, el curso de Bienestar Animal en el Transporte está diseñado para capacitar a los profesionales en el cuidado y manejo adecuado de los animales durante todo el proceso de transporte, incluyendo la preparación de la carga, carga y descarga, garantizando su cuidado y seguridad durante todas las etapas del transporte
El Reglamento (CE) 1/2005 establece la obligatoriedad de que los transportistas de ganado reciban una formación adecuada en materia de bienestar animal en el transporte, y en el Decreto 80/2011 de 12 de abril (BOJA nº 82 de 28 de abril de 2011) se regula la formación en bienestar animal, a nivel de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Todos los actores que intervienen en el manejo de animales en el transporte y el personal a su cargo, deben recibir una formación adecuada. En particular, los conductores y sus acompañantes deben estar en posesión de un certificado de competencia que, en Andalucía, será expedido por el IFAPA, después de haber superado el curso sobre bienestar de los animales durante el transporte de 20 horas de duración.
Esta formación tiene como meta que las personas involucradas en el manejo de animales en el transporte estén debidamente capacitados en las prácticas operativas, en la normativa de aplicación y en el comportamiento natural de cada especie.